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¿Puedo agregar a mi nuevo cónyuge a mi visa U pendiente?

¿Puedo agregar a mi nuevo cónyuge a mi visa U pendiente?

El estatus de no inmigrante U (visa U) se creó en octubre de 2000 como parte de la Ley de Protección de Víctimas de la Trata y la Violencia, y la Ley de Protección de Mujeres Inmigrantes Maltratadas. El Congreso creó la visa U para proteger a los no ciudadanos que son víctimas de delitos y alentarlos a presentarse sin temor a ser deportados.

Para calificar para una visa U, el solicitante debe ser víctima de un delito calificado, que incluye (pero no se limita a):

El estatus de no inmigrante U tiene como objetivo alentar a las víctimas a presentarse independientemente de su estatus migratorio. A cambio de su voluntad de ayudar a las fuerzas del orden con la investigación y el enjuiciamiento de actividades delictivas, los titulares de la visa U reciben:

  • Estatus migratorio temporal
  • Autorización de trabajo (“Documento de Autorización de Empleo”)
  • La posibilidad de solicitar una tarjeta verde después de 3 años
  • Protección contra la eliminación

Los nuevos cónyuges ahora son elegibles para "acompañar" al peticionario U-1

Según un fallo del 2 de mayo de 2021, los solicitantes de visa U ahora son elegibles para agregar un cónyuge adquirido posteriormente a su solicitud de visa U pendiente, incluso si comenzaron la solicitud de visa U antes del matrimonio.

Antes de que este cambio entrara en vigor, muchos inmigrantes recién casados ​​se vieron obligados a esperar hasta que USCIS llegara a una decisión final con respecto a la petición del primer cónyuge, y así poder solicitar una visa U ellos mismos. Antes de mayo de 2021, los cónyuges debían esperar otros 3 años para que el otro cónyuge fuera elegible para presentar una petición de ajuste de estatus y el Formulario I-929 (Petición de familiar calificado de un U-1).

Como puede ver, el proceso para que los solicitantes de visa U ayuden a sus familias y seres queridos puede ser complicado y llevar mucho tiempo. Afortunadamente, la decisión del Noveno Circuito de la Corte de Apelaciones de EE. UU. en Medina Tovar v. Zuchowski cambió el panorama federal para los solicitantes de visa U y sus familias en mayo de 2021.

¿Es elegible para agregar a su nuevo cónyuge a su solicitud de visa U pendiente? Siga leyendo para obtener más información sobre los requisitos de elegibilidad para usted y su pareja.

Requisitos de elegibilidad para miembros de la familia que califican

La decisión de la corte en Medina Tovar v. Zuchowski redujo significativamente el tiempo de espera y simplificó el proceso de agregar a un miembro de la familia a una solicitud de visa U pendiente. Ahora, los solicitantes de visa U de no inmigrante pueden agregar nuevos cónyuges, independientemente de si presentaron su solicitud antes del matrimonio.

Si desea agregar un miembro de la familia (incluido un cónyuge adquirido posteriormente) a su solicitud de visa U pendiente, puede hacerlo incluyéndolo como un "derivado". Las siguientes personas son elegibles para ser añadidas a una solicitud de visa U pendiente:

  • Si el solicitante es mayor de 21 años, puede incluir a su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años.
  • Si el solicitante es menor de 21 años, puede incluir a su cónyuge, hijos solteros, padres y hermanos solteros menores de 18 años.

Cualquier derivado (miembros de la familia) agregado a una petición pendiente no tiene que ser víctima de un delito. Sin embargo, deben demostrar que no tienen prohibido obtener el estatus por "motivos de inadmisibilidad". Dichos motivos están establecidos por la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

Las razones comunes de inadmisibilidad incluyen (pero no se limitan a):

  • Salud
  • Actividad criminal
  • Seguridad nacional
  • Cargo público
  • Falta de certificación laboral
  • Fraude y tergiversación
  • Mudanzas anteriores
  • Presencia ilegal en los EE. UU.
  • Otras categorías misceláneas

Si uno de estos elementos se aplica a su cónyuge o familiar, no hay necesidad de perder la esperanza. La persona en cuestión aún puede solicitar una exención que puede cambiar la situación. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) revisará su solicitud y tomará una decisión final.

¿Cómo puedo obtener una visa U para mi nuevo cónyuge?

Para incluir a su nuevo cónyuge en su petición U-1 pendiente, es importante seguir los pasos descritos por el USCIS de la manera más meticulosa posible:

#1: Complete el Formulario I-929 (Petición para miembro de la familia calificado de un no inmigrante U-1)

Un peticionario puede presentar el Formulario I-929 en nombre de un cónyuge o familiar que no tenga el estatus U de no inmigrante. Tenga en cuenta que se debe presentar una petición por separado para cada miembro individual de la familia si la petición tiene la intención de presentar múltiples derivados.

El peticionario debe ser residente permanente legal o tener un Formulario I-485 pendiente, incluida una solicitud de visa U pendiente. En este caso, el peticionario deberá presentar:

  • Una copia de su aviso de aprobación para el Formulario I-918
  • La Petición para el Estatus U de No Inmigrante
  • Un recibo que muestre que el Formulario I-845 ha sido presentado ante USCIS

Al completar la petición para un miembro de la familia que califica, es crucial seguir estas pautas:

  • Escriba a máquina o con letra de imprenta en tinta negra legible.
  • Complete todas las partes del formulario. Si una pregunta no se aplica a usted, simplemente escriba "N/A" (no aplicable). No lo dejes en blanco.
  • Si necesita espacio adicional, adjunte una hoja adicional que incluya su nombre completo y número de registro de extranjero en la parte superior de cada hoja. Indique el número de artículo y asegúrese de firmar y fechar cada hoja.
  • Incluya traducciones al inglés si es necesario. Todos los documentos o textos que no estén en inglés deben traducirse al inglés antes de enviarlos.

#2: Incluya evidencia para respaldar su petición.

La persona que presenta la solicitud debe demostrar una relación legal y válida con el cónyuge o miembro de la familia para la que presenta la solicitud. Esto se logra al incluir documentación de respaldo y evidencia con su formulario I-929.

Satisfacer los requisitos de USCIS puede ser difícil y confuso. Es importante proporcionar suficiente evidencia para garantizar que su caso esté bien respaldado. Para incluir con éxito a su cónyuge en su solicitud de visa U pendiente, es crucial buscar el asesoramiento legal de un abogado de inmigración de confianza, ya que pueden ayudarlo a recopilar y presentar evidencia de manera efectiva y completa.

De acuerdo con las regulaciones de USCIS, hay 4 cosas que un peticionario U-1 debe probar:

  1. El peticionario es residente permanente legal o tiene un formulario I-485 pendiente.
  2. El pariente extranjero del peticionario es elegible para la clasificación de inmigrante según su relación con el peticionario.
  3. El peticionario o su pariente extranjero sufrirán dificultades extremas si no se les permite permanecer o ingresar a los Estados Unidos.
  4. El peticionario deberá establecer que la discrecionalidad debe ser ejercida a favor de su pariente extranjero.

Un certificado de matrimonio o evidencia de un cambio de nombre legal es evidencia adecuada para establecer su matrimonio con el cónyuge que está solicitando. Si desea presentar una solicitud para su hijo o padre, un certificado de nacimiento con ambos nombres enumerados puede demostrar efectivamente una relación familiar.

Es importante consultar con un abogado de inmigración calificado para asegurarse de que la evidencia que incluya sea suficiente y relevante para su caso. Idealmente, enviará los siguientes documentos al USCIS:

  • Formulario I-929. Asegúrese de que la petición esté completamente llena, firmada y fechada.
  • Una foto de su cónyuge o familiar.
  • Prueba de estatus de residencia permanente legal o petición de visa U pendiente.
  • Prueba de relación con el cónyuge o miembro de la familia para el que está solicitando
  • Prueba de dificultades extremas si a su cónyuge o familiar no se le permite permanecer o ingresar a los EE. UU. Los ejemplos pueden incluir registros médicos, documentos judiciales, fotografías y testimonios o declaraciones juradas bien escritos.

#3: Envíe por correo su formulario I-929 completo y la tarifa de presentación a USCIS.

Una vez que su Petición para miembro de la familia calificado de un no inmigrante U-1 esté completa (incluidas todas las firmas requeridas), es hora de enviar el Formulario I-929 y la evidencia requerida a USCIS.

Su formulario I-929 completado y la evidencia correspondiente deben enviarse por correo a:

USCIS

Centro de servicio de Vermont

38 río Rd.

Essex Junction, VT 05479-0001

Es importante incluir la tarifa de presentación requerida de $230 con su petición. Siga atentamente estas instrucciones al enviar su pago:

  • NO envíe efectivo por correo.
  • Su cheque o giro postal debe ser emitido por un banco o institución financiera de los EE. UU. y ser pagadero en moneda de los EE. UU.
  • Haga el cheque o giro postal a nombre de “U.S. Departamento de Seguridad Nacional”.

Debido a que las tarifas de presentación están sujetas a cambios, puede confirmar la tarifa actual haciendo clic aquí y seleccionando "Formularios".

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